jueves, 14 de septiembre de 2017

Metodologías para la Valoración de los Ecosistemas

La valuación de ecosistema es una herramienta ampliamente usada para determinar el impacto de las actividades humanas sobre un sistema ambiental asignando un valor económico a un ecosistema o a los servicios del mismo.

Aspectos conceptuales de la valoración económica de ecosistemas

  •        La teoría de la valoración económica se basa en las preferencias y elecciones individuales de los consumidores o usuarios de un determinado recurso
  •         El valor económico se mide por lo máximo que un individuo esta dispuesto a sacrificar de un bien para obtener un bien o servicio
  •         Esto es referido como disposición a pagar (DPA) o “willingness to pay (WTP)”
  •         Frecuentemente se asume que el precio de mercado es el valor económico. Sin embargo, el precio de mercado nos da el mínimo precio de la DAP

METODOLOGÍAS DE VALORACIÓN ECONÓMICA DEL MEDIO AMBIENTE
  1.     Valoración Contingente: Consiste en estimar la valoración que otorgan las personas a los cambios en el bienestar que les produce la modificación en la oferta de un bien o servicio ambiental usando mercados hipotéticos “Modelos Hipotéticos” (DAP – DAA). Es un método directo, que puede ser usado para proveer medidas aceptables del valor económico de las oportunidades de recreación y recursos. Es un método simple que se puede aplicar a múltiples situaciones, los resultados son fáciles de analizar y están definidos en unidades monetarias.
  2.      Costo del Viaje: Estima el valor económico asociado al uso del ecosistema o lugares de recreación vía la estimación de una curva de demanda por recreación. Es un método indirecto que estima el beneficio en términos de excedente del consumidor. La premisa básica es que el tiempo y el costo del viaje que las personas realizan en un viaje a un sitio, representa el “Precio” de acceder al sitio. Es relativamente barato de aplicar y fácil de interpretar.
  3.         Precios Hedónicos: Analiza el impacto de los atributos sobre el precio o valor del bien, intenta descubrir como los atributos de un bien explican su precio. El método es versátil y puede ser adaptado para considerar varias interacciones entre bienes de mercado y calidad ambiental. Es un método complejo de implementar por la gran cantidad de datos que requiere.

Manejo de los Ecosistemas

El manejo de ecosistemas se define como la instrumentación de prácticas que preservan la disponibilidad de los principales bienes y servicios ambientales, buscando simultáneamente restaurar y conservar los recursos naturales en los que se sustentan los pastizales productivos.
Las prácticas del manejo de ecosistemas comprenden estrategias encaminadas a reducir la pérdida y fragmentación de los hábitats, así como a restablecerlos para la vida silvestre y especies en peligro de extinción; aumentar la producción forrajera; conservar la protección de cuencas y suelos, y promover la conservación de la biodiversidad a múltiples escalas.
Además de reducir la necesidad de insumos como plaguicidas y fertilizantes, estas prácticas de manejo ganadero aumentan la capacidad productiva de la tierra, mitigan los riesgos para la producción y posibilitan mantener o incluso aumentar la rentabilidad operativa. Asimismo, su adopción aporta plusvalía a los terrenos y brinda la oportunidad de generar ingresos alternativos derivados de actividades recreativas y otras propias de este mercado específico.

Durante los pasados veinte años, se ha propuesto que el manejo de recursos naturales debe hacerse con un enfoque ecosistémico, es decir, incluyendo a todo el ecosistema. El manejo debe mantener o mejorar al ecosistema y debe proporcionar una variedad de bienes y servicios a las generaciones presentes y a las futuras.

Entre los ingredientes del manejo de ecosistemas están:        


  • Considerar las conexiones entre los diversos niveles de la biodiversidad (genes, especies, poblaciones, ecosistemas, paisajes).
  •        Incluir una escala espacial adecuada que incluya a los procesos ecológicos relevantes, definiendo límites ecológicos en lugar de límites administrativos.
  •         Aceptar a las sociedades humanas como parte del ecosistema y considerar las necesidades presentes manteniendo el ambiente para que pueda satisfacer a las necesidades futuras.
  •         Imitar a los regímenes naturales de perturbación para mantener a la biodiversidad.
  •         Mantener la integridad ecológica protegiendo poblaciones viables de todas las especies nativas, de sus patrones y procesos.
  •         Tener en cuenta una escala temporal adecuada. Planear a largo plazo.
  •         Introducir experimentos de manejo con diseños experimentales, conducir monitoreo y documentar los efectos del manejo para aprender.
  •         Promover la coordinación interinstitucional y la comunicación con la sociedad.

Diferencias entre Declaraciones, Convenios y Legislación

Declaración: En tanto, en su uso más general y amplio una declaración será toda aquella expresión que se realice con el fin de manifestar un punto de vista u opinión, o bien un sentimiento al respecto de algo o de alguien.

Entonces, en este sentido, casi cualquier expresión puede ser entendida como una declaración a no ser que esté puesta en forma de pregunta. El término se puede encontrar utilizado de diferentes maneras y en expresiones muy características y específicas. En otras palabras, una declaración es un modo de manifestar algo que uno piensa o siente, tanto en forma exclamativa como en forma regular, haciendo uso de diversos recursos y significados.

Convenio: Se conoce como convenio al contrato, convención o acuerdo que se desarrolla en función de un asunto específico. Cualquier convenio supone el acuerdo de voluntades entre dos o más personas sobre cualquier punto en discusión o cuestión pendiente de resolver, es decir existe una discrepancia entre vecinos por los límites de la propiedad de cada uno, entonces, estos para resolver la cuestión, primero la discuten y una vez que llegaron al tan ansiado acuerdo, los alcances del mismo serán volcados precisamente en un convenio que puede adquirir las siguientes formas: tratado internacional, convenio colectivo de trabajo o cualquier tipo de contrato que tiene por objeto recoger la puesta de acuerdo entre dos partes.
En los tratados internacionales por ejemplo, son dos países, un estado con una organización internacional o bien dos organizaciones internacionales las que se ponen de acuerdo en estos sobre algún punto que se encontraba en discusión. El más común es el que se celebra entre estados y en estos normalmente figuran cuestiones de límites geográficos.

Legislación: Se denomina legislación al cuerpo de leyes que regularán determinada materia o ciencia o al conjunto de leyes a través del cual se ordena la vida en un país, es decir, lo que popularmente se llama ordenamiento jurídico y que establece aquellas conductas y acciones aceptables o rechazables de un individuo, institución, empresa, entre otras.
Cada ley per se que los legisladores de una determinada Nación dicten, siendo, salvo excepciones, las únicas autoridades competentes para hacerlo, deberán ser respetadas y cumplidas por todos los ciudadanos para contribuir al bien de la comunidad, en tanto, en caso que esto no se cumpla como debiera, cada particular deberá hacerse cargo de la sanción correspondiente. 

Normas de Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE)


El impacto de las actividades económicas ejercidas por el ser humano en el ambiente no es nada alentador para el mantenimiento de la vida en el planeta. Por esa razón, se ha considerado necesaria la conservación de ciertas áreas en el globo.
Para contribuir a la solución de este problema ambiental, el Estado venezolano ha establecido, mediante la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio, la delimitación de unas áreas denominadas Áreas Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), promulgada en 1983. Las ABRAE poseen una serie de características y potencialidades ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo nacional para llevar a cabo funciones productoras, protectoras y recreativas. Los decretos presidenciales sobre las ABRAE los aprueba el Consejo de Ministros, y en ellos se especifican los linderos del área protegida y los organismos que se responsabilizarán de su administración.
Así mismo, mediante reglamentos especiales se determinan las actividades que pueden ser realizadas en las áreas protegidas. En esas áreas sólo pueden realizarse actividades que permitan un uso provechoso en la actualidad y en el futuro, para que también se beneficien de ellas las próximas generaciones de venezolanos.

La ley contempla más de una veintena de figuras jurídicas de ABRAE, agrupadas de acuerdo a los fines que cumplen, de la siguiente manera:
  • Áreas con fines productivos. Zonas de aprovechamiento agrícola: Poseen características especiales por la constitución de su suelo y por las condiciones climáticas de la región. Son zonas de alto potencial para el aprovechamiento agrícola debido a sus excepcionales condiciones, por lo que deben ser sometidas a una mayor preservación. Las diversas zonas de aprovechamiento agrícola reciben protección de acuerdo con su potencial productor.
  • Áreas con fines protectores. Poseen un conjunto de características especiales en cuanto a su ubicación, condiciones geográficas y cercanía a poblaciones, que influyen en el proceso de regulación del clima de una región. Algunas áreas protegidas con estos fines son las denominadas zonas protectoras, las reservas hidráulicas, los refugios y reservas de fauna, los parques litorales y las áreas críticas. Estas zonas pueden ser aprovechadas en actividades forestales, hidroeléctricas, de reforestación, de investigación, de comercialización de la flora y la fauna. También se permite, con ciertos controles, la ocupación por parte de poblaciones humanas y las prácticas de cacería.
  • Áreas con fines recreativos, científicos y educativos. Son espacios naturales preservados por su gran valor científico, cultural, educativo, histórico, recreativo... Las principales áreas protegidas con estos fines son los parques nacionales y los monumentos naturales.
  • Áreas con otros fines. Son aquella áreas que por sus características naturales, ecológicas, demográficas, urbanísticas, socioculturales, geoestratégicas y de valor histórico reflejen en la propia comunidad nacional como en la internacional, la identidad del país y sean capaces de generar corrientes turísticas interracional económico de la actividad turística.

Ley Penal del Ambiente y su relación con el Impacto Ambiental


La Ley Penal del Ambiente, promulgada en mayo de 2012,  tiene  por  objeto  tipificar  como  delito  los  hechos  atentatorios  contra  los  recursos naturales  y  el  ambiente,  e  imponer  las  sanciones  penales.  Asimismo,  determinar  las  medidas precautelativas,  de  restitución  y  de  reparación  a  que  haya  lugar  y  las  disposiciones  de  carácter procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales. Es aplicable a personas naturales y jurídicas que cometan delitos en el ámbito nacional o internacional y que los daños se produzcan en Venezuela.
Las sanciones principales son: prisión, arresto, disolución de la compañía en caso de persona jurídica, multa y el desmantelamiento de las instalaciones de las compañías objeto de la sanción. También puede ser clausurada temporal o definitivamente la empresa, o la inhabilitación de la persona para ejercer ciertos cargos en la administración pública.
Esta norma obliga tanto a personas naturales, jurídicas e incluso al mismo Estado, a la restauración, restitución, o reparación del daño que se le ocasione al ambiente, así como la indemnización por medio del pago de multas y cuya recaudación será orientada a la reparación del daño causado en el ambiente. El daño será determinado por personas o expertos nombrados por un tribunal, pudiendo ser personas naturales, instituciones o universidades que estén debidamente acreditadas.
En esta norma se tipifican los delitos contra el medio ambiente de la siguiente manera:
-        Ejecución de actividades no permitidas,
-        Contravención de planes de ordenación del territorio y en zonas montañosas,
-        Ocupación ilícita de áreas naturales protegidas,
-        Modificación o destrucción de bienes protegidos,
-        Edificación en terrenos no edificables,
-        Delitos cometidos por funcionarios públicos en el otorgamiento de diversas permisologías y documentaciones sin el correspondiente estudio de impacto ambiental,
-        Delitos contra la diversidad biológica,
-        Degradación, deterioro y daños a las aguas, suelos, topografía y el paisaje,
-        Destrucción, alteración y daño a la flora, fauna y sus hábitats,

-        Delitos contra la calidad ambiental (afectación de la calidad del agua, alteración de la atmósfera, residuos y desechos sólidos, sustancias y materiales peligrosos, materiales radiactivos y molestias sónicas).

Convenios y Tratados Internacionales

Instrumento Jurídico
Objetivo
Fecha y Lugar de Firma
Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los Países de América
Establecer un sistema de protección en los países de América para la flora, fauna y medio ambiente de sus entornos
Washington – 1940
Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestres (CITES)
-         Proteger ciertas especies de animales y vegetales que se encuentran en Peligro de Extinción
-         Acordar medidas para proteger las especies mediante el control del comercio internacional
Washington – 1973
Tratado de Cooperación Amazónica
Promover el desarrollo armónico de la Amazonia permitiendo una distribución equitativa de los beneficios entre las partes contratantes, elevando el nivel de vida de sus pueblos e incorporando sus territorios amazónicos a sus economías nacionales
Brasilia – 1978
Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe
Proteger y ordenar el medio marino y las zonas costeras de la región del Gran Caribe
Cartagena de Indias – 1983
Protocolo relativo a la Cooperación para Combatir los Derrames de Hidrocarburos en la Región del Gran Caribe
Promover la cooperación regional para la adopción de medidas, tanto preventivas como correctivas que sean necesarias para proteger el medio marino y costero de la Región del Gran Caribe de los incidentes de derrames de hidrocarburos
Cartagena de Indias – 1983
Protocolo relativo a las Áreas Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas (SPAW)
Proteger y preservar en la zona de aplicación del Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino en la Región del Gran Caribe, los ecosistemas raros o vulnerables, así como el hábitat de las especies amenazadas o en peligro de extinción
Kingston, Jamanica – 1990
Protocolo relativo a la Contaminación procedente de Fuentes y Actividades Terrestres del Convenio de Cartagena
Adoptar medidas adecuadas para prevenir, reducir y controlar la contaminación en la Región del Gran Caribe procedente de fuentes y actividades terrestres

Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional como Hábitat de Aves Acuáticas (Convención RAMSAR)
Detener la ocupación y desaparición progresiva de las marismas debido al valor económico, cultural, científico y de recreo
RAMSAR – 1971
Protocolo Modificado. París – 1982
Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono
Proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos adversos que puedan resultar de la modificación de la capa de ozono
Viena – 1985
Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono
Proteger la capa de ozono adoptando medidas preventivas para controlar las emisiones mundiales de las sustancias que la agotan
Montreal – 1987
Ajustes Londres – 1990
Enmienda de Londres del Protocolo de Montreal
Establece el calendario de eliminación y crea el Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal para cooperar con los países en desarrollo en la reconversión industrial y tecnológica
Londres – 1990
Enmienda de Copenhague del Protocolo de Montreal
Establece la ampliación de la lista de sustancias controladas y un nuevo calendario de eliminación para los países desarrollados y en vías de desarrollo
Copenhague – 1992
Enmienda de Montreal del Protocolo de Montreal
Establece la obligación de crear un sistema de licencias dirigido a reducir el tráfico ilegal de las sustancias que permita controlar el ingreso y egreso, así como el origen y destino de las mismas
Montreal – 1997
Convención sobre el Cambio Climático
Establecer, limitar y reducir las emisiones de Dióxido de Carbono y de gases de efecto invernadero a un nivel inferior al 5% del total de emisiones de esos gases para 1990, para el período comprendido entre 2008 – 2012
París – 1992
Convenio Internacional de las Maderas Tropicales
Construir un marco eficaz de cooperación y consulta entre los países productores y consumidores de maderas tropicales, así como estimular la investigación y alentar el desarrollo de políticas de protección sostenible y conservación de los bosques tropicales y sus recursos genéticos
Ginebra – 1983
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación
Regular el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos, reduciendo al mínimo su generación, asegurando su manejo ambientalmente racional y promoviendo la cooperación internacional en ese campo
Basilea – 1989
Protocolo sobre Responsabilidad e Indemnización por Daños Resultados de Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos
Establecer un régimen global de responsabilidad e indemnización pronta y adecuada por daños resultantes de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y otros desechos y su eliminación, incluido el tráfico ilícito de esos desechos

Convención Internacional de Lucha contra la Desertificación
Establecer un mecanismo eficaz de colaboración internacional para evitar el aumento gradual de la desertificación existente en los países que afrontan grandes sequías
París – 1994
Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas
Promover la protección, conservación y recuperación de las poblaciones de tortugas marinas y de los hábitats de los cuales dependen, basándose en los datos científicos más fidedignos disponibles y considerando las características ambientales, socioeconómicas y culturales de las partes
Caracas – 1997
Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes
Proteger la salud humana y del medio ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes, de conformidad con el principio de precaución consagrado en el principio 15 de la Declaración de Río
Estocolmo – 2001
Convenio sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos objeto de Comercio Internacional (Convenio de Rotterdam)
Promover la responsabilidad compartida y los esfuerzos conjuntos de las Partes Contratantes en la esfera del comercio internacional de ciertos productos químicos peligrosos a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños y contribuir a su utilización ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes
Rotterdam – 2004
Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura
Conservación y la utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización, en armonio con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria

Legislación Venezolana

Además de las normas citadas, en el siguiente cuadro se pueden observar las normas nacionales que rigen la materia referida al impacto ambiental.



Aspecto ambiental
Nombre de la Norma
Organismo Competente
Normas nacionales aplicables al ambiente
-         Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999)
Asamblea Nacional
-         Ley Penal del Ambiente (2012)
-         Ley Orgánica del Ambiente (2006)
-         Ley Derogatoria de la Ley Orgánica para la Planificación y Gestión de la Ordenación del Territorio (2007)
-         Ley de Gestión Integral de la Basura (2010)
-         Ley de Aguas (2007)
-         Normas sobre la Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente (1996)
Emisiones Atmosféricas
-         Normas sobre la Calidad del Aire y Control de la Contaminación Atmosféricas (2005)
M.P.P.A.
-         Normas para Regular y Controlar el Consumo, la Producción, Importación, Exportación y Uso de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (2006)
Efluentes Industriales
-         Normas para la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidos o Efluentes Líquidos (1995)
M.P.P.A.
-         Normas para la Clasificación y Control de la Calidad de las Aguas de la Cuenca del Lago de Valencia (1999)
Desechos no Peligrosos
-         Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico, Comercial o Industrial que no sean Peligrosos (1992)
M.P.P.A.
-         Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud (1992)
-         Aseo Urbano y Domiciliario (G.O. N° 168)
Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos
-         Ley Sobre las Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos (2001)
M.P.P.A.
-         Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud (1992)
-         Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y Manejo de los Desechos Peligrosos (1998)
Manejo, Almacenaje y Disposición de Desechos Peligrosos
-         Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico, Comercial, Industrial o de cualquier otra Naturaleza que no sean Peligrosos (1992)
M.P.P.A.
-         Normas para la Clasificación y Manejo de los Desechos Provenientes de los Establecimientos de Salud (1992)
-         Resolución N° 40. Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias Materiales y Desechos Peligrosos (2003)
Ruido Perimetral
-         Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por Ruido (1998)
M.P.P.A.
Uso del Agua
-         Normas sobre el Registro Nacional de Usuarios y Usuarias de las Fuentes de Agua (2010)
M.P.P.A.
Agua Potable
-         Normas Sanitarias de Calidad del Agua Potable (1998)
M.S.D.S.
-         Normas Sanitarias para la Ubicación, Construcción, Protección, Operación y Mantenimiento de Pozos Perforados destinados al Abastecimiento de Agua Potable (1997)

Metodologías para la Valoración de los Ecosistemas

La valuación de ecosistema es una herramienta ampliamente usada para determinar el impacto de las actividades humanas sobre un sistema ambi...